En México todo empleador está obligado a cumplir con sus colaboradores con la prestación del reparto de utilidades. Pero existen excepciones. Por eso es necesario conocer bien la información tanto por parte del empleador como por parte de los colaboradores. En general, cuando comenzamos a trabajar en una empresa es importante conocer las leyes laborales, en este caso la Ley Federal del Trabajo.
El PTU como incentivo
Así, el reparto de utilidades o PTU, funciona como un incentivo que estimula la productividad. La participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los colaboradores.
Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.
Para el cobro o reparto de utilidades, se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación. Cuando un trabajador no reclama su derecho al pago del PTU o reparto de utilidades, es importante recordar que, las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) refiere que dicho reparto de utilidades se realiza dentro de los 60 días después de la fecha de la declaración anual o el pago de impuestos de la empresa. El cual se realiza el 31 de marzo en caso de las empresas. Y el 30 de abril las personas físicas. Por lo que las utilidades las deben pagar del 1 de abril al 30 de mayo.
¿Tengo derecho al PTU o Reparto de Utilidades?
Todos aquellos que se encuentran al servicio de un empleador son quienes tienen derecho a recibir el pago de su PTU. Entre estos se encuentran:
- Madres y padres que estén en períodos de incapacidad temporal y trabajen.
- Trabajadores eventuales, siempre que su período laboral haya sido de por lo menos 60 días durante el año.
- Ex empleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días.
Empleados que NO tienen derecho al Reparto de Utilidades o PTU
De acuerdo al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, los siguientes empleados son quienes no tienen derecho a recibir el pago de PTU:
- Directores, gerentes generales y administradores.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
- Socios y accionistas.
- Colaboradores bajo un esquema de pago por honorarios. Porque no hay una relación de trabajo de subordinado.
- Trabajadores domésticos.
¿Qué empresas no están obligadas a repartir utilidades en México?
Por defecto, si la compañía reporta un ejercicio de pérdidas, no está obligada a realizar reparto. También se da el caso de que una compañía carezca de utilidades fiscales. De todos modos, el resultado es el mismo: están exentas del reparto de utilidades o PTU.
Empleador que no están obligados a dar pago de utilidades:
- Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fines de lucro.
- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. Si se tratase, además, de la elaboración de un producto nuevo, quedan exentas durante los dos primeros años.
- Empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
- Aquellas que se fusionen o cambien su nombre o razón social, no se consideran de nueva creación.
- Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300,000 mxn.
¿Cómo se calcula el Reparto de Utilidades? (PTU)
La Procuraduría Federal del Trabajo indica que los trabajadores participarán en las utilidades. Esto, de acuerdo al porcentaje que determine la Comisión Nacional. Ese porcentaje para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas. ¿Cómo se calcula el PTU? Debes saber que actualmente representa el 10% de las utilidades netas.
La mitad de las utilidades se determina conforme a los días trabajados. Tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año. Mientras que la otra mitad según con el monto de los salarios percibidos por los colaboradores en tu empresa.
Se considera el monto de la utilidad de la empresa en el ejercicio fiscal pasado: el número de trabajadores, el sueldo y el tiempo laboral de cada uno de los empleados en el año.
Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año. Además, no se consideran ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado.
¿Cómo se paga el reparto de utilidades o PTU?
Para pagar el reparto de utilidades, el monto se divide en dos partes iguales:
- La primera se reparte por igual entre todos los trabajadores, considerando el número de días trabajados.
- La segunda se divide proporcionalmente con base al salario percibido por el trabajador durante el año.
Excepciones:
- Empresas de nueva creación en el primer año de funcionamiento están exentas del pago.
- Los directores, administradores y gerentes generales no participan en el reparto.
Multa por no pagar PTU: Entre 22,405 y 448,100 pesos.
¿Cuándo es el Reparto de Utilidades? ¿Cuándo se pagan las utilidades?
El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de marzo las empresas y 30 de abril las personas físicas); es decir, del 1 de abril al 30 de mayo las personas morales del Régimen General (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, así como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal.
Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación. Es importante recordar que las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
Etapas y plazos para pagar PTU
Plazos y etapas para cumplir con la norma integral de la PTU:
Etapas | Plazos | Fechas límites | Fundamento legal |
1. Ejercicio fiscal correspondiente. | 1 de enero al 31 de diciembre | 31/12 año vigente | Artículo 11, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación. |
2. Presentación de la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta. | Tres primeros meses siguientes al término del ejercicio fiscal. | 31/03 del año vigente | Artículo 86, fracción VI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. |
3. Entrega de la copia de la declaración a los trabajadores. | 10 días a partir de la fecha límite en que la empresa debe presentar la declaración. | 10/04 del año vigente | Artículos 121, fracción I10 de los Artículos 121 y 122 de la LFT. |
4. Integración de la Comisión Mixta que formulará el proyecto que determine la participación de cada trabajador. | 10 días siguientes contados a la fecha de entrega de la declaración. | 20/04 del año vigente | Artículo 125, fracción I, de la LFT. |
5. Revisión de la declaración del ejercicio de la empresa por los trabajadores. | 30 días hábiles, a partir de la entrega de la copia de la declaración a los trabajadores. | 23/05 del año vigente | Artículo 121, fracción I11 de los Artículos 121 y 122 |
6. Pago de las utilidades. | 60 días siguientes a la fecha en que presentó o debió presentar la declaración. | 30/05 del año vigente | Artículos 122, primer párrafo7 de los Artículos 121 y 122 de la LFT. |
7. Presentación del escrito de objeciones ante la autoridad fiscal. | 60 días hábiles, a partir de la fecha en que sea recibida la copia de la declaración por los trabajadores. | 4/07 del año vigente | Artículo 121, fracción II14 de los Artículos 121 y 122 de la LFT |
Puntos importantes a considerar antes de hacer el Reparto de Utilidades o PTU
- Aquellos en puestos de directores, gerentes y administradores no serán considerados para el reparto de utilidades.
- Los trabajadores de confianza si son candidatos a recibir PTU siempre y cuando su salario no exceda un límite definido por el salario más alto de un empleado sindicalizado.
- Los trabajadores que se dediquen al cuidado de bienes que generen rentas o al cobro de créditos sí son candidatos para recibir PTU. Pero para ser así, esta cantidad no puede exceder el mes de salario.
- Se considerará también a las madres que se encuentren en períodos previos y posteriores a la maternidad. Al igual que a los trabajadores que fueron víctimas de un accidente de riesgo de trabajo como empleados en servicio activo.
- No se compensarán los años de pérdida de utilidades con los de ganancia.
- El pago de la PTU no es parte del salario y por lo tanto no debe considerarse como tal.