De acuerdo al apéndice 2 de la guía del anexo 20 del SAT en donde se establece los tipos de comprobantes que pueden emitirse, se define el concepto del comprobante de EGRESOS también conocido como NOTA DE CRÉDITO de la siguiente manera:
Comprobante de Egreso.- Amparan devoluciones, descuentos y bonificaciones para efectos de deducibilidad y también puede utilizarse para corregir o restar un comprobante de ingresos en cuanto a los montos que documenta, como la aplicación de anticipos. Este comprobante es conocido como nota de crédito.
Una mala práctica que se da para dejar sin efecto un CFDI de ingresos o dicho de otra manera para no cancelar una factura de venta, es la emisión de una nota de crédito (comprobante de egreso). Sin embargo, esto no implica que el CFDI de ingreso expedido quede cancelado por emitir una nota de crédito relacionada a este.
Al emitir un CFDI de tipo egreso (nota de crédito) se le debe dar el efecto fiscal de deducción en la declaración anual , ya que se trata de un descuento, devolución o bonificación, según el artículo 25, fracción de la Ley del ISR. Además, de acuerdo al esquema de cancelación de de CFDI 3.3 que entró en vigor el 1º de noviembre de 2018, las facturas en algunos casos, solo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.
Si lo que necesitas es sustituir una factura de venta errónea, deberás cancelar el CFDI de ingresos y generar uno nuevo de tipo SUSTITUCIÓN DE LOS CFDI PREVIOS relacionándolo con el CFDI cancelado.
La cancelación del CFDI deberá realizarse a través de tu proveedor de facturación electrónica o bien directamente en el portal del SAT y no emitir una nota de crédito para cancelar un CFDI de ingreso ya que los efectos fiscales permanecen para los dos tipos de comprobantes.