El SAT publicó la versión 3.0 de la Carta Porte el 28 de septiembre de 2023, que oficialmente entró en vigor el 25 de noviembre de 2023. Esta versión actualizada trae consigo cambios significativos destinados a mejorar el proceso de facturación electrónica y el registro de traslados de mercancías.
Periodo de convivencia de versiones
Originalmente, se estableció que el periodo de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 de la Carta Porte duraría hasta el 31 de diciembre de 2023. Este periodo permitía a los contribuyentes adaptarse gradualmente a la nueva versión sin interrumpir sus operaciones comerciales.
Prórroga para la Versión 3.0
En un esfuerzo por facilitar una transición más suave hacia la nueva versión, el SAT ha extendido la posibilidad de seguir emitiendo facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024. Esta prórroga proporciona un alivio significativo para aquellos que aún están en proceso de adaptación a los cambios.
Fin de la prórroga de multas
Es importante destacar que, a partir del 31 de diciembre de 2023, concluyó la prórroga para la no aplicación de multas y sanciones relacionadas con la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte, según lo previsto en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Importancia del complemento Carta Porte
La Carta Porte es un documento fiscal vital que respalda el traslado de bienes y mercancías dentro del territorio nacional. Contiene información detallada sobre el transporte, incluyendo las ubicaciones de origen, puntos intermedios, destinos y el medio de transporte utilizado. Este complemento se ha vuelto obligatorio desde el 1 de enero de 2022.
Las personas físicas y morales tienen la posibilidad de generar sus facturas electrónicas con el complemento Carta Porte a través de los servicios gratuitos de facturación ofrecidos por el SAT, así como mediante Proveedores Autorizados de Certificación.