El 27 de diciembre de 2024, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el Acuerdo 180/2024, mediante el cual se actualizan las cuotas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2025. Estas cuotas aplican a productos como tabacos labrados, bebidas saborizadas, combustibles automotrices y fósiles.
¿Qué es el IEPS?
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es un impuesto indirecto en México que grava la producción, venta o importación de ciertos productos y servicios. Este impuesto tiene como objetivo desincentivar el consumo de bienes considerados nocivos para la salud o el medio ambiente, como el tabaco, las bebidas azucaradas y los combustibles, además de recaudar ingresos para el gobierno federal.
El IEPS se aplica de manera específica a productos y servicios como:
- Tabacos labrados.
- Bebidas saborizadas.
- Combustibles fósiles y automotrices.
- Alcohol, cervezas y bebidas alcohólicas.
Este impuesto puede afectar directamente el precio final al consumidor, ya que suele ser trasladado en el costo de los bienes o servicios gravados.
Tabacos labrados
- Cuota por cigarro: $0.6445.
Combustibles automotrices
- Gasolina menor a 91 octanos: 6.4555 pesos por litro.
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: 5.4513 pesos por litro.
- Diésel: 7.0946 pesos por litro.
- Combustibles no fósiles: 5.4513 pesos por litro.
Bebidas saborizadas
- Cuota por litro: $1.6451.
Combustibles fósiles
- Propano: 9.7551 centavos por litro.
- Butano: 12.6241 centavos por litro.
- Gasolinas y gasavión: 17.1107 centavos por litro.
- Turbosina y otros kerosenos: 20.4363 centavos por litro.
- Diésel: 20.7623 centavos por litro.
- Combustóleo: 22.1578 centavos por litro.
- Coque de petróleo: 25.7183 pesos por tonelada.
- Coque de carbón: 60.2921 pesos por tonelada.
- Carbón mineral: 45.3984 pesos por tonelada.
- Otros combustibles fósiles: 65.6262 pesos por tonelada de carbono que contenga el combustible.
Gasolinas y diésel para Entidades Federativas
- Gasolina menor a 91 octanos: 56.9795 centavos por litro.
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: 69.5255 centavos por litro.
- Diésel: 47.2895 centavos por litro.
Factores de actualización
El cálculo de las cuotas se realizó con un factor de 1.0454, determinado con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado en el DOF. Este factor refleja la variación inflacionaria del periodo comprendido entre noviembre de 2023 y noviembre de 2024.
Esta actualización tiene impacto en diversos sectores de la economía, incluyendo transporte, industria y consumo. Es importante que empresas y contribuyentes ajusten sus estrategias de precios y presupuestos en función de estas nuevas tarifas.
Para más detalles, consulta el texto completo del acuerdo en el DOF del 27 de diciembre de 2024.